El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) anunció que reforzará los operativos de control para garantizar el cumplimiento de las normas que regulan el uso de patinetas eléctricas y otros dispositivos de movilidad personal en espacios públicos, con el objetivo de proteger a los peatones y fortalecer la seguridad vial. La entidad recordó que las patinetas eléctricas no pueden circular por las aceras y que deben respetar un límite máximo de velocidad de 20 kilómetros por hora. Además, advirtió que cualquier modificación en el sistema de motorización que permita superar ese rango constituye una violación a la normativa vigente. El INTRANT explicó que el incremento en el uso de estos medios de transporte en las vías públicas hace necesario reforzar el orden y la convivencia urbana, especialmente en áreas de alta circulación peatonal, donde se debe salvaguardar la integridad de niños, adultos mayores y ciudadanos en general. En cuanto a las bicicletas eléctricas, la regulación establece que las de carretera pueden alcanzar hasta 45 kilómetros por hora, mientras que las de montaña o destinadas al transporte de personas o carga tienen un límite de 32 kilómetros por hora. El incumplimiento de estas disposiciones conlleva sanciones que van de uno a tres salarios mínimos del sector público centralizado, conforme al artículo 251 de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. La Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT) será la encargada de realizar la fiscalización. El director ejecutivo del INTRANT, Milton Morrison, enfatizó la necesidad de diferenciar entre dispositivos de movilidad personal y motocicletas eléctricas. Indicó que las patinetas sin sillín y las bicicletas de pedaleo asistido, cuyo motor complementa el esfuerzo humano, son consideradas dispositivos de movilidad personal y están sujetas a límites de velocidad y al uso obligatorio de casco. En cambio, las motocicletas eléctricas que funcionan mediante acelerador, aun si poseen pedales, son clasificadas como vehículos de motor, por lo que deben contar con placa, matrícula, seguro de responsabilidad civil, licencia de conducir categoría 1 y casco protector. La falta de estos requisitos autoriza a las autoridades a retener el vehículo. Como parte de las medidas adoptadas, el INTRANT notificará a la Dirección General de Aduanas (DGA) y a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) que toda motocicleta eléctrica debe completar los procesos de importación y matriculación antes de circular. Asimismo, comunicará a importadores, distribuidores y empresas de alquiler su responsabilidad de cumplir con el marco legal vigente. Navegación de entradas Carolina supervisa avances en construcción del Malecón Deportivo y del Paseo 30 de Mayo ¡Entre la vida y la muerte! Joven de 23 años en estado delicado tras ser apuñalada por su pareja