Santo Domingo.– La Federación Dominicana de Municipios (Fedomu) y la Liga Municipal Dominicana (LMD) aclararon de manera categórica que las modificaciones introducidas al artículo 21 de la Ley núm. 176-07 no eliminan las sanciones por el incumplimiento de la normativa presupuestaria municipal. Ambas entidades explicaron que algunas informaciones difundidas recientemente han interpretado de forma imprecisa el alcance real de los cambios aprobados por el Senado de la República. En ese sentido, precisaron que la reforma no despenaliza las faltas ni suprime el régimen de consecuencias aplicable a los funcionarios municipales. Mediante un comunicado conjunto, los presidentes de Fedomu, Nelson Núñez, y de la LMD, Víctor D’Aza, indicaron que lo aprobado establece que las sanciones se aplicarán conforme a lo dispuesto en la Constitución de la República y en el nuevo Código Penal Dominicano, el cual contempla de manera expresa la destitución de los funcionarios municipales que incumplan la ley. Asimismo, reiteraron que “cualquier interpretación distinta carece de sustento jurídico y contribuye a una lectura errónea del alcance real de la reforma”. Las entidades municipales enfatizaron que esta actualización legal no representa, bajo ninguna circunstancia, un debilitamiento de los principios de transparencia, control y rendición de cuentas. Señalaron que los gobiernos locales continúan plenamente sujetos al marco constitucional, a las leyes de administración pública, a los órganos de control del Estado y al escrutinio ciudadano, como pilares fundamentales de la buena gobernanza y de una autonomía municipal responsable. Fedomu valoró positivamente la modificación, al considerar que responde de manera necesaria y oportuna a los efectos generados por disposiciones del artículo 3 de la Ley 75-25, mediante la readecuación de los topes presupuestarios. Este ajuste permite armonizar el régimen financiero municipal con la lógica del Presupuesto General del Estado, especialmente en lo relativo a la estructura de ingresos y gastos. Finalmente, destacó que la revisión del artículo 3 de la Ley 75-25 y su correcta articulación con la Ley 176-07 fortalecen la seguridad jurídica, mejoran la planificación financiera y dotan a los ayuntamientos de herramientas más acordes con su funcionamiento operativo, contribuyendo a una gestión municipal más equilibrada. Navegación de entradas Los nombres más populares en 2025, según la JCE JCE inicia captura de datos a su personal para la renovación de la cédula