El presidente de la República Dominicana, Luis Abinader, promulgó este domingo 7 de diciembre de 2025 la Ley 97-25, una normativa que introduce una reforma integral al Código Procesal Penal, cumpliendo así con la Sentencia TC 0765-24, que dispuso la sustitución de la Ley 10-15. La información fue confirmada por el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta Romero.

Peralta destacó que esta actualización al marco procesal penal incorpora criterios desarrollados por el Tribunal Constitucional y por la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia, alineándose con los valores democráticos y con las exigencias de un sistema de justicia moderno. Según explicó, la nueva ley robustece gran parte de los 28 principios fundamentales del proceso penal y consolida un modelo más eficiente, garantista y coherente con el Estado social y democrático de derecho.

La normativa será publicada en la Gaceta Oficial este lunes y entrará en vigencia de manera escalonada: el martes en el Distrito Nacional y el miércoles en el resto del país. Entre los avances más significativos, la reforma amplía los mecanismos alternativos de resolución de conflictos, incorporando justicia restaurativa, nuevos criterios de oportunidad, conciliaciones, acuerdos, procedimientos abreviados y la suspensión condicional del proceso para casos cuya pena máxima no supere los cinco años de prisión.

El consultor jurídico resaltó que la modificación fortalece de forma notable el derecho de defensa, tanto por la elevación de principios esenciales como por la modernización de los procedimientos. La ley refuerza la presunción de inocencia y garantiza asistencia técnica especializada a personas en situación de vulnerabilidad. También establece un enfoque más humano mediante la aplicación del principio de favorabilidad procesal.

A partir de ahora, los derechos del investigado se activan desde los primeros actos del proceso, como la citación o la inmovilización de fondos. Se extiende el plazo para la presentación del escrito de defensa, se abren más opciones para solicitar contraperitajes y se fijan límites de hasta dos años para los archivos provisionales, que antes carecían de plazos definidos. En materia de coerción, se establecen reglas más estrictas para el arresto, las órdenes de comparecencia y la revisión obligatoria de las medidas, exigiendo justificaciones basadas en necesidad, razonabilidad y motivación estricta.

La reforma introduce también el criterio de plazo razonable, fijando un máximo de cuatro años para los procesos ordinarios y cinco para los casos complejos, con parámetros claros para su cálculo. Asimismo, elimina la figura del “nuevo juicio” en apelación y otorga a las cortes facultades para dirigir el proceso conforme a las reglas del juicio, garantizando así un doble grado de jurisdicción realmente efectivo.

En conjunto, el renovado Código Procesal Penal busca agilizar los procesos, fortalecer la especialización y promover soluciones consensuadas, logrando una justicia más rápida, eficiente y orientada a resolver los conflictos. Además, se armoniza con el nuevo Código Penal, adecuándose a la nueva clasificación de las infracciones.

La construcción de esta reforma involucró amplias jornadas de trabajo en las que participaron legisladores, el Ministerio Público, la Defensa Pública, el Poder Judicial, la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo y representantes de diversos sectores de la comunidad jurídica.

Con estas modificaciones —sumadas a la Ley de Extinción de Dominio y a la reciente reforma del Código Penal—, la República Dominicana sigue avanzando hacia un sistema de justicia penal más moderno, humano y efectivo, acorde con los estándares constitucionales y los retos del panorama judicial actual.